A- de 2025
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Sandoval Acevedo Carlos Iván·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
- Requisitos de procedencia
- Incumplimiento de la carga argumentativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó porque no fueron debidamente corregidas las acusaciones formuladas con los nuevos argumentos que presentó el actor en el escrito de subsanación.
Encontró la Sala Plena de la Corporación que el recurso impetrado es improcedente porque el demandante solo se limitó a sustentarlo reiterando las razones del libelo, pero sin entrar a demostrar por qué los argumentos del rechazo fueron infundados o erróneos.
Con base en lo anterior se RECHAZÓ, por ausencia de carga argumentativa, el recurso interpuesto en esta oportunidad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. RECHAZAR, por ausencia de carga argumentativa, el recurso de súplica interpuesto por Carlos Iván Sandoval Acevedo en contra del Auto de 22 de septiembre de 2025, por medio del cual el magistrado Miguel Polo Rosero rechazó la demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos 102 (parcial) y 110 de la Ley 1474 de 2011.
- SEGUNDO. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
- TERCERO. Ejecutoriada esta decisión, archívese el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.